Trabajo de Investigación
Investigación
1. 15 Empresas de Computadoras importantes dominicana
2. Código de Trabajo, salario, vacaciones, bonificaciones, horas
de trabajo, tiempo de prueba, etc.
3. 10 tarifas salario de los gerentes de
informática de la región.
4. Cómo funciona la bolsa de valores de la
República Dominicana.
5. Cómo funciona la bolsa de valores de
los estados unidos y europa
6. Donde sacar el derecho de autor es
decir patente de un programa.
7. Cuáles son las leyes de derecho de autor
de la República Dominicana. (Ley).Quienes la Rigen esta ley.
8. Qué Ley avala la carrera de informática
en la República Dominicana en las universidades.
9. Explique detalladamente que es Indotel y cuáles son sus
funciones.
10. Que colegio agrupa a los ingenieros en sistemas.
11. Cuáles son los trámites para ingresar a ese colegio.
12. Cuáles son los derechos internacionales de los trabajadores en
el área de informática.
13. Explique detalladamente los estándares Cobit
1)
15 Empresas de Computadoras importantes dominicana
1.
Xerbit: Torre Empresarial Forum, Suite 5C Avenida 27 de Febrero No. 495 Sector
El Millón Santo Domingo, República Dominicana Tel.: +1-809-334-022. Empresa
dedicada a la integración de la tecnología en la cadena de valor de nuestros
clientes logrando que la misma sea la base para el éxito y la innovación de su
negocio. Nos dedicamos al desarrollo e implementación de soluciones en las
áreas de Virtualización, Sistemas de Backup, Sistemas de Monitoreo, Seguridad,
Sistemas de Gerencia de Redes, Sistemas de Almacenamiento y Datacenter
2.
SIT
Corp CxA.: C/ Gardenias Esq. Primavera #12, Sector
Gala Santo Domingo, Tel.: 809.563.5972
3.
Sinergit, S.A: Polibio Díaz #58 Santo
Domingo, Rep. Dominicana T: (809) 368-4000
Organización encaminada a
dar respuesta a la demanda creciente en nuestro país de servicios relacionados
con la informática. Hemos reunido un equipo de profesionales en el campo de
diversas ramas, capaces de satisfacer sus necesidades, automatizar y
simplificar sus procesos y serle de gran productividad a su negocio.
4.
Multicómputos.: Av. Abraham Lincoln
1007,Santo Domingo, Tel.: 809-540-2846
5.
Magycorp, SRL: Cub Scout, No.41, Naco
Santo Domingo,809 334 6037
La más completa gama de
soluciones en tecnologías de información, redes, comunicación y seguridad.
6.
J&S Company: Empresa de
servicios enfocada en la venta de equipos de tecnología de la información y las
comunicaciones de calidad mundial. Ave. Bolivar
No. 353, Edif. ELAM's II Suite 4K. Santo Domingo Republica Dominicana 10205
Tel.(809) 687-2000
Ingeniería, Computación
& Consultorías, S.A para ayudar a automatizar los procesos de su empresa,
habilitándola a ser más productiva y tomar decisiones más rentables.
7.
Infoservices,
SRL: Avenida Winston Churchill Número
1550, Plaza Orleans local 402
809-379-2096. Empresa especializada en servicios de servidores, redes y
comunicaciones IP con un alto nivel técnico dedicado al crecimiento de su
empresa. Le ofrecemos calidad, cumplimiento, economía, excelente servicio y
soluciones integrales a la medida de cada cliente, analizando las necesidades,
prestando asesoría y proponiendo soluciones eficientes y escalables, que le
permitan al cliente alcanzar un alto nivel de desempeño en sus aplicaciones y
procesos corporativos.
8.
ICON: Plaza Haddad #202,
c/José García Jardines Metropolitanos,(809) 582-1024
9.
IC Digital: Empresa de servicios de
tecnología, destinado a solucionar las necesidades de aquellas empresas que
requieren de asesoría externa e implementación de soluciones de negocios. Av.
John F. Kennedy km 7 1/2 Edif. Plaza Compostela, Tel. : (809) 565-9733
10. GBM Dominicana: GBM, An IBM Alliance Company, es una compañía
integradora de soluciones, experta en tecnologías de información. Provee todos
los componentes para una infraestructura tecnológica empresarial con hardware,
software y servicios especializados. Avenida J. F. Kennedy No.14, Ensanche
Miraflores, Santo Domingo. (809) 566-5161
11. COSEFI: Av. Expreso V Centenario
Esq. Tunti Cáceres,
Edif. 9, Suite 2A. Sector Villa Juana, Santo Domingo, Tel.
809-536-0289. Empresa
cuyo enfoque centra en la tecnología de la información, especialmente para
intermediarios financieros. Provee servicios a las Cooperativas de Servicios
Financieros, así como Asociaciones de Ahorros y Préstamos, Bancos de Ahorro y
Crédito, y ONGs, permitiéndonos ayudarles a diversificar y mejorar la calidad
de los productos y servicios que ofrecen, y a ser más eficientes
operativamente.
12. COMSESO: Calle 13 # 2H Prados del Cachón Santo Domingo Este (809) 274-5353 Compañía orientada a proveer
soluciones tecnológicas integradas en las áreas de: aeronáutica,
telecomunicaciones, energía, seguridad y tecnología de información. Diseño,
implementación y mantenimiento de soluciones tecnológicas hechas a la medida.
13. Cecomsa: Av. Tiradentes,
Santo Domingo, Tel.809-535-0888
Cecomsa ofrece servicios
de docencia, desarrollo de Sistemas, venta de equipos, servicios técnicos de
reparación de computadoras y afines, instalaciones de Sistemas de Redes,
asesorías de Sistemas, venta de partes y suministros y todo lo relacionado a
este mercado.
14. Bytes Solutions, S.A.: Empresa cuyo objetivo principal es proveer de
manera profesional e integral Soluciones de Información y Tecnología a empresas
e individuos. Calle Pedro A. Pérez, antigua calle 10.
15. ABC Technologic, SRL: Empresa de tecnología establecida en la República
Dominicana especialista en la automatización de procesos empresariales mediante
la ejecución de proyectos llave en mano, asegurando los resultados
comprometidos en términos de funcionalidades, tiempo y presupuesto. Ave. 27 de
Febrero #272,Ens Don Bosco, D.N. Tels: 809-533-5159
2)
Código
de Trabajo, salario, vacaciones, bonificaciones, horas de trabajo, tiempo de
prueba, etc.
El presente Código tiene por objeto fundamental regular los
derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores y proveer los medios de
conciliar sus respectivos intereses. Consagra el principio de la cooperación
entre el capital y el trabajo como base de la economía nacional. Regula, por
tanto, las relaciones laborales, de carácter individual y colectivo, establecidas
entre trabajadores y empleadores o sus organizaciones profesionales, así como
los derechos y obligaciones emergentes de las mismas, con motivo de la
prestación de un trabajo subordinado. No se aplica a los funcionarios y
empleados públicos, salvo disposición contraria de la presente ley o de los
estatutos especiales aplicables a ellos. Tampoco se aplican a los miembros de
las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
Sin embargo, se
aplica a los trabajadores que prestan servicios en empresas del Estado y en sus
organismos oficiales autónomos de carácter industrial, comercial, financiero o
de transporte.
a) Salario
El monto del
salario nominal puede ser acordado entre las partes y pagado por hora por día,
por semana, por quincena o por mes. El Código de trabajo prohíbe expresamente
el pago del salario en intervalos de tiempo mayores a un mes.
Dicha
clasificación de la forma de pago es importante, ya que determina la fórmula
aplicable para determinar el salario diario promedio de los trabajadores, para
calcular los pagos establecidos en el Código de Trabajo. Sobre el particular, el Reglamento
del Código de Trabajo
establece las siguientes reglas:
·
Para los salarios pagados por hora: se suman todos
los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre el
número de horas trabajadas en ese mismo período. El resultado se multiplica por el número
de horas de una jornada normal de ese
trabajador.
·
Para los salarios pagados por día: se suman todos
los salarios pagados en el último año o fracción de año y el resultado se
divide entre el número de días trabajados en ese mismo período.
·
Para los salarios pagados por semana: se suman todos
los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre el
número de semanas trabajadas en ese mismo período. El resultado se divide entre
5.5.
·
Para los salarios pagados por quincena: se suman todos
los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre el
número de quincenas trabajadas en ese mismo período. El resultado se divide entre
11.91.
·
Para los salarios pagados por mes: se suman todos
los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre el
número de meses trabajados en ese mismo período. El resultado se divide entre
23.83.
·
Para los salarios pagados por labor
rendida: se
suman todos los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide
entre el número de días trabajados en ese mismo período.
b) Vacaciones
El Código de Trabajo establece que el
trabajador adquiere el derecho a vacaciones cada vez que cumpla un año de
servicio, conforme a la escala siguiente:
·
Un período de vacaciones
de 14 días laborables cada año, después de un trabajo de uno a cinco años.
·
Un período de vacaciones
de 18 días laborables cada año, después de un trabajo de más de cinco años.
Si el contrato de trabajo no durase un
año o si terminase con una fracción de año transcurrida, las vacaciones se
calculan en base a la escala siguiente:
·
6 días de vacaciones por
más de 5 meses de servicio.
·
7 días de vacaciones por
más de 6 meses de servicio.
·
8 días de vacaciones por
más de 7 meses de servicio.
·
9 días de vacaciones por
más de 8 meses de servicio.
·
10 días de vacaciones por
más de 9 meses de servicio.
·
11 días de vacaciones por
más de 10 meses de servicio.
·
12 días de vacaciones por
más de 11 meses de servicio.
Los trabajadores y los empleadores
pueden pactar de mutuo acuerdo el período de vacaciones, el cual puede ser por
un período completo o fraccionado. El empleador tiene la obligación de fijar y
distribuir las vacaciones de sus trabajadores durante los primeros quince días
del mes de enero de cada año.
El empleador deberá pagar al trabajador
los salarios que le correspondan a la fecha del inicio de sus vacaciones.
En principio, el derecho a vacaciones
no puede ser objeto de sustitución o compensación alguna. No obstante, en la
práctica es permitido que el trabajador y el empleador acuerden laborar durante
el período de las vacaciones, retribuyéndole al trabajador el salario ordinario
aumentado en un 100% durante los días que le correspondían a sus vacaciones.
c) Bonificaciones
Este beneficio corresponde al 10% de
las utilidades netas anuales de la empresa que los trabajadores reciben después
del cierre del año comercial. Esta utilidad del 10% se distribuye entre todos
los empleados de la empresa con contratos por tiempo indefinido.
Por mandato de la ley, esta
participación no debe exceder de 45 días de salario ordinario para los
trabajadores que hayan laborado por menos de 3 años, y de 60 días de salario
para los trabajadores que hayan laborado por más de 3 años.
Si por cualquier motivo el contrato de
trabajo terminase, las sumas que el empleador deberá pagar al trabajador como
participación en los beneficios de la empresa, será proporcional al salario del
tiempo trabajado.
El pago debe hacerse a más tardar a los
120 días del cierre del año fiscal.
d) Horas de trabajo
Jornada de trabajo se define como todo
el tiempo que el trabajador no puede utilizar libremente, por estar a
disposición exclusiva del empleador, aún permanezca inactivo si no es producto
de su voluntad, y durante las horas de alimentación si las circunstancias del
trabajo exigen la permanencia del trabajador en el lugar de trabajo.
Los días declarados no laborables por
la Constitución o las leyes, son de descanso remunerado para el trabajador,
salvo que coincidan con el día de descanso semanal. Cada año, el Ministerio de
Trabajo emite una resolución en la cual identifica cuáles son los días feriados
del año, indicando si procediere algún traslado del día no laborable.
La jornada de trabajo puede ser: a)
diurna, que comprende el trabajo de 7:00 a.m. a 9:00 p.m., y b) nocturna, que
comprende el trabajo de 9:00 p.m. a 7:00 a.m. Un trabajador puede trabajar en
una jornada mixta, que comprende parte de los dos horarios.
El Código de Trabajo establece que la
jornada de trabajo máxima no debe exceder las 8 horas diarias o 44 horas
semanales. No obstante, el Código establece que no están sujetos a esta regla
los trabajadores que actúan como representantes o mandatarios del empleador,
los que desempeñan puestos de dirección o de inspección y los trabajadores de
pequeños establecimientos rurales explotados por miembros de una misma familia
o por una sola persona, quienes podrán permanecer por un máximo de 10 horas
diarias.
Adicionalmente, el trabajador y el
empleador pueden pactar una tanda extendida, en la cual se establecen jornadas
diarias de un máximo de 10 horas, siempre y cuando la jornada de trabajo no
exceda las 44 horas semanales.
En todo caso, el Código de Trabajo
ordena un descanso semanal ininterrumpido del trabajador de por lo menos 36
horas.
3)
10 tarifas salario de los
gerentes de informática de la región.
1)
Gerente Brugal = RD$ 190,000.00
2)
Gerente Claro = RD$ 235,000.00
3)
Gerente IPRoom = RD$ 210,000.00
4) Gerente
Life Style Holidays = RD$ 155,000.00
5)
Gerente Masa Internet Services = RD$ 85,000.00
6)
Gerente Orange = RD$ 190,000.00
7)
Gerente Popular = RD$ 215,000.00
8)
Gerente RIU Hotels = RD$ 195,000.00
9)
Gerente SysteLan =
RD$ 205,000.00
10)
Gerente Vinícola del
Norte = RD$ 200,000.00
4)
Cómo
funciona la bolsa de valores de la república dominicana.
Muchas personas tienen el concepto errado que el
Mercado de Valores es solamente para personas con grandes patrimonios pero no
es así. En el Mercado de Valores dominicano existen productos de
inversión que se pueden adquirir con solo RD$1,000. Esto es menos que el
monto mínimo de apertura de muchas de las cuentas de ahorro que se ofrecen en
nuestro país.
El primer paso debe ser acercarse a un Puesto de Bolsa
y abrir una cuenta de Corretaje. Esta cuenta le permitirá acceder a los
productos y servicios del Puesto. Esta cuenta no tiene costo ni de
apertura ni de mantenimiento. Es importante recalcar la importancia de
verificar que el Puesto de Bolsa esté autorizado por la Superintendencia de
Valores, ya que esto será lo único que puede garantizarle al inversionista que
estará invirtiendo en valores de oferta pública autorizados por la
Superintendencia, y que las operaciones del Puesto estén supervisadas
debidamente. Los Puestos de Bolsa son Intermediarios de Valores aprobados
por la Superintendencia los cuales a su vez son miembros de una Bolsa de
Valores Dominicana.
Una vez un inversionista decide abrir una cuenta en un
Puesto de Bolsa, este último debe abrirle simultáneamente una cuenta en
Cevaldom para que las inversiones que realice sean custodiadas en Cevaldom. La
Central de Valores Dominicana (Cevaldom) es una entidad regulada por la
Superintendencia de Valores que se encarga de la administración, registro,
custodia y liquidación de los valores de todos los que participan en el Mercado
de Valores. Cevaldom juega un papel protagónico en todas las operaciones
del mercado de valores ya que en esta entidad es que se realiza la custodia de
todos los instrumentos negociados en nuestro mercado. Su función es vital
para el buen desempeño del mercado ya que separa los Puestos de Bolsa de la
custodia del activo, lo cual brinda mayor seguridad, transparencia, y garantía
al mercado. Aquí el inversionista tiene la seguridad de que sus
inversiones están en custodia de un tercero que no es el Intermediario de
Valores por el cual realizó la inversión.
5)
Cómo
funciona la bolsa de valores de los estados unidos y Europa
En Estados Unidos
Después de abrir una cuenta en una firma de corretaje
el inversionista puede comprar y vender acciones. Ejemplo: un tendero de
Atlanta decide comprar 100 acciones (lote completo) en una orden de mercado que
le entrega a su corredor, y la empresa Z coloca una orden de mercado para
vender 100 acciones. Las órdenes se envían a las firmas respectivas y luego se
transmiten al 1 piso de negociación, donde se encuentran los corredores de piso
que reciben la orden por teles. Después los corredores de piso se dirigen al
puesto de negociación donde se compran y se vendan acciones. En el sitio de
negociación los corredores entran en multitud que tienen orden para comprar
acciones, y empiezan a ofrecer precios. El especialista es el que dirige la
oferta de precios para comprar las acciones. Luego la transacción se imprime en
la cinta del teleimpresor el cual se exhibe en las oficinas de corretaje de
todo el país.
OTC: si se hubiera querido comprar 100 acciones en
este mercado la orden se hubiera enviado al mostrador de esta firma, los
individuos que están en el mostrador se laman: corredores / negociantes, ya que
puede actuar como cualquiera de los dos, dependiendo de las circunstancias. El
mercado OTC es el más antiguo y mayor de los mercados de valores de USA, donde
los corredores/ negociantes se intercomunican a través del sistema NASDAQ y por
teléfono. A través de este mercado se compran y venden todos los bonos
federales, estatales, municipales y corporativos, las nuevas emisiones,
acciones de empresas extranjeras.
¿Quiénes compran acciones?
La propiedad de las acciones comunes se dividen en dos
propietarios: la individual e institucional. Se encontró que el accionista
promedio es de 50 años, con educación universitaria y un trabajo profesional y
ético, y habían más mujeres accionista que hombres. Los inversionistas
institucionales han ido remplazando a los individuos. Los mayores
inversionistas institucionales son: fondos pensiones, compañía de inversión,
sin ánimo de lucro, de seguros, las fiduciarias y los bancos mutualistas.
En Europa
·
La bolsa de Londres
Fundada en 1801, es una de las bolsas de valores más
grandes del mundo. Su mercado principal incluye actualmente 2.000 compañías
británicas y 500 extranjeras. El índice principal de esta bolsa es el FTSE 100.
·
El FTSE 100
Es el índice bursátil de referencia en Gran Bretaña. Está
compuesto por las 100 compañías de más alta capitalización de la bolsa de
Londres.
El índice, que nació en 1984, está regulado por el FTSE
Group, una compañía independiente que se originó como una empresa conjunta
entre el diario Finantial Times y la Bolsa de Londres.
Las compañías del FTSE 100 representan el 80% de la capitalización de
todo el mercado de valores de Londres.
6)
Donde sacar el derecho de autor
es decir patente de un programa.
La presentación de la solicitud de concesión de
Patente de Invención o de Modelo de Utilidad debe ser dirigida al Departamento
de Invenciones de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI. Tipo
de solicitud: Patente de Invención o Patente de Modelo de Utilidad.
• Datos de solicitantes e inventores (nombres
completos, nacionalidades, domicilios, teléfonos, etc.). Se indicará si es sólo
solicitante, inventor únicamente o si coincide que es solicitante e inventor.
• Identificación y domicilio del representante
legal, si lo tuviera. Será necesario nombrar un Representante siempre que no
tenga domicilio en el país, a fin de poder mandarle a este cualquier tipo de
notificación que sea necesaria.
• Título de la invención o del modelo de utilidad.
• Indicación si se reivindica derecho de prioridad
y los datos de la presentación de la solicitud de patente extranjera (país,
fecha de prioridad y número de solicitud), igualmente si se hizo una solicitud
internacional haciendo uso del Tratado de Cooperación en materia de Patentes.
• Indicación si se solicita la conversión de la
solicitud de Modelo de Utilidad a Patente de Invención o viceversa. Se
aportarán los datos de la solicitud de Modelo de Utilidad o Patente de
Invención de referencia. El formulario de Solicitud de concesión de Patente de
Invención y de Modelo de Utilidad debe ser llenado de forma electrónica o con
máquina de escribir. No se aceptan formularios completados de forma manuscrita
o que contengan tachaduras.
Deben anexar al formulario de solicitud de concesión de Patente de Invención o Modelo de Utilidad los siguientes documentos:
1- Descripción* de la invención: debe ser clara y completa para que una persona versada en la materia técnica correspondiente pueda ejecutarla. En dos (2) ejemplares.
Deben anexar al formulario de solicitud de concesión de Patente de Invención o Modelo de Utilidad los siguientes documentos:
1- Descripción* de la invención: debe ser clara y completa para que una persona versada en la materia técnica correspondiente pueda ejecutarla. En dos (2) ejemplares.
2- Documento que contenga una o varias
reivindicaciones* que definan las cuestiones sobre las que se desea obtener un
derecho exclusivo. En dos (2) ejemplares.
3- Resumen* de la invención: conteniendo una
síntesis de la descripción y una reseña de las reivindicaciones, incluirá la
fórmula química o dibujo, según corresponda, que mejor caracterice la invención.
En dos (2) ejemplares.
4- Dibujos, listado de secuencia o nucleótidos:
según corresponda y si fuere necesario. En dos (2) ejemplares electrónicos de
la descripción, resumen, reivindicaciones, dibujos y secuencias o nucleótidos
que se aporten en soporte papel.
5- La documentación que justifique el derecho a
hacer la presentación de solicitud de la invención en caso de que el
solicitante no sea el inventor.
6- La copia certificada de la o las solicitudes de
patentes extranjeras correspondientes en los casos en que se reivindique
Derecho de Prioridad, acompañado de su traducción al español, si estuviese en
otro idioma.
7- Certificado de depósito del microorganismo
expedido por la institución depositaria, cuando corresponda.
7)
Cuáles son las leyes de derecho
de autor de la república dominicana. (Ley)
Ley No.65-00 del 21 de agosto
del 2000, sobre Derecho de Autor
1. Depósito
Legal: Inscripción obligatoria que deben realizar los autores de obras
artísticas o literarias o sus causahabientes y, en su defecto, los editores o
productores de fonogramas y de obras artísticas o literarias por la Ley
No.65-00, en la Oficina Nacional de Derecho de Autor o excepcionalmente en la
Biblioteca Nacional, en casos de producciones fonográficas o si la obra está
publicada en forma impresa. Es un requisito previo indispensable para proceder
al registro.
2. Registro: Inscripción
facultativa u opcional que deben realizar los autores de obras artísticas o
literarias o sus causahabientes y los editores o productores de obras, interpretaciones,
ejecuciones y producciones, incluyendo fonogramas y emisiones protegidas por la
Ley No.65-00, así como las partes intervinientes en los actos y contratos
referidos al derecho de autor y sus derechos afines y las sociedades de gestión
colectiva, en lo que respecta a sus documentos constitutivos y modificatorios
8)
Que Ley avala la carrera de
informática en la república dominicana en las universidades. Quienes la Rigen.
LEY 7537
9)
Explique detalladamente que es
Indotel y cuáles son sus funciones.
Promover el desarrollo de las telecomunicaciones, implementando el principio del Servicio Universal definido por la Ley General de Telecomunicaciones 153-98; Garantizar la existencia de una competencia sostenible, leal y efectiva en la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones;
Defender y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de los servicios de telecomunicaciones, dictando los reglamentos pertinentes, haciendo cumplir las obligaciones correspondientes a las partes y, en su caso, sancionando a quienes no los cumplan, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley y sus reglamentos. Además, también tiene como objetivo, el velar por el uso eficiente del dominio público del espectro radioeléctrico en la República Dominicana.
Promover el desarrollo de las telecomunicaciones, implementando el principio del Servicio Universal definido por la Ley General de Telecomunicaciones 153-98; Garantizar la existencia de una competencia sostenible, leal y efectiva en la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones;
Defender y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de los servicios de telecomunicaciones, dictando los reglamentos pertinentes, haciendo cumplir las obligaciones correspondientes a las partes y, en su caso, sancionando a quienes no los cumplan, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley y sus reglamentos. Además, también tiene como objetivo, el velar por el uso eficiente del dominio público del espectro radioeléctrico en la República Dominicana.
Funciones
- Regular aquellos servicios
en los que la ausencia de competencia resulte perjudicial al usuario;
- Otorgar, ampliar y revocar
concesiones y licencias en las condiciones previstas por la normativa
vigente, permitiendo la incorporación de nuevos prestadores de servicios
de telecomunicaciones;
- Prevenir o corregir
prácticas anticompetitivas o discriminatorias, con arreglo a la Ley y sus
reglamentaciones;
- Reglamentar y administrar,
incluidas las funciones de control, mediante las estaciones de
comprobación técnica de emisiones que al efecto se instalen, el uso de
recursos limitados en materia de telecomunicaciones, tales como el dominio
público radioeléctrico, las facilidades de numeración, facilidades únicas
u otras similares;
- Gestionar y administrar los
recursos órbita-espectro, incluida la gestión de las posiciones orbitales
de los satélites de telecomunicaciones con sus respectivas bandas de
frecuencias, así como las órbitas satelitales para satélites dominicanos
que puedan existir y coordinar su uso y operación con organismos y
entidades internacionales y con otros países;
- Dirimir, de acuerdo a los
principios de la Ley y sus reglamentaciones y en resguardo del interés
público, los diferendos que pudieran surgir entre los prestadores de
servicios de telecomunicaciones entre sí y con sus clientes o usuarios;
- Controlar el cumplimiento de
las obligaciones de los concesionarios de servicios públicos de
telecomunicaciones y de los usuarios del espectro radioeléctrico,
resguardando en sus actuaciones el derecho de defensa de las partes;
- Fijar, cuando sea necesario,
las tarifas de servicios al público y los cargos de interconexión, de
acuerdo con la Ley y su reglamentación;
- Administrar, gestionar y
controlar el uso del espectro radioeléctrico, efectuando por sí o por
intermedio de terceros la comprobación técnica de emisiones, la
identificación, localización y eliminación de interferencias perjudiciales
velando porque los niveles de radiación no supongan peligro para la salud
pública;
- Aplicar el Régimen
Sancionador ante la comisión de faltas administrativas previstas en la Ley
y sus reglamentos;
- Administrar y gestionar los
recursos de la CDT;
- Autorizar a los
concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones que así lo
soliciten, a que asuman la condición de signatarios de organismos
internacionales de telecomunicaciones, de conformidad a las reglas
aplicables, y, en su caso, coordinar la participación no discriminatoria
de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones en los
organismos internacionales de telecomunicaciones;
- Aprobar, previa consulta y
coordinación con los interesados, y administrar los planes técnicos
fundamentales de telecomunicaciones que la reglamentación establezca,
otorgando plazos razonables para adecuarse a los mismos;
10)
Que colegio agrupa a los
ingenieros en sistemas.
Colegio Dominicano De Ingenieros Arquitectos Y Agrimensores
Somos el Colegio Dominicano de Ingenieros,
Arquitectos y Agrimensores (CODIA), entidad de servicio a todos los ingenieros,
arquitectos y agrimensores de la República Dominicana.
Somos una institución avalada por la ley no. 6160, del 11 de Enero de 1963 y acreditado como órgano asesor del Estado.
Somos una institución avalada por la ley no. 6160, del 11 de Enero de 1963 y acreditado como órgano asesor del Estado.
11)
Cuáles son los trámites para
ingresar a ese colegio.
1-Poseer
un título de las profesiones de ingeniero, arquitecto, agrimensor o profesiones
afines certificadas por la SEESCYT y expedidas por: Una Universidad nacional
reconocida y autorizada
Por
cualquier Universidad extrajera.
2-Poseer
el exequátur.
12) Cuáles son los derechos internacionales de los trabajadores
en el área de informática.
El derecho informático cuenta, al
igual que las demás ramas de derecho, con sentencias de tribunales y
razonamientos de teóricos del derecho. Las fuentes del derecho informático
afectan a las ramas tradicionales del derecho:
En el derecho público
·
Flujo internacional de datos
informatizados
·
Libertad informática (defensa
frente a eventuales agresiones)
En derecho privado
·
Protección jurídica de los
programas
Lo que aún se discute en la
actualidad es si este derecho es una nueva disciplina o es una serie de normas
dispersas que engloba a varias disciplinas.
13)
Explique detalladamente los estándares Cobit
El estándar Cobit (Control Objectives for
Information and related Technology) ofrece un conjunto de “mejores prácticas”
para la gestión de los Sistemas de Información de las organizaciones.
El objetivo principal de Cobit consiste en
proporcionar una guía a alto nivel sobre puntos en los que establecer controles
internos con tal de:
- Asegurar el buen gobierno,
protegiendo los intereses de los stakeholders (clientes, accionistas,
empleados, etc.)
- Garantizar el cumplimiento
normativo del sector al que pertenezca la organización
- Mejorar la eficacia i
eficiencia de los procesos y actividades de la organización
- Garantizar la
confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información
El estándar define el término control como:
“Políticas, procedimientos, prácticas y estructuras organizacionales diseñadas
para proveer aseguramiento razonable de que se lograrán los objetivos del
negocio y se prevendrán, detectarán y corregirán los eventos no deseables”
El estándar Cobit ha definido 13 procesos
diferentes:
·
DS1 – Definición y gestión de los
niveles de servicio: SLA con usuarios/clientes
- DS2 – Gestión de servicios
de terceros: gestión de las relaciones con proveedores, valoración del
riesgo (non-disclousure agreements NDA), monitorización del servicio.
- DS3 – Gestión del
rendimiento y la capacidad: planes de capacidad, monitorización del
rendimiento, disponibilidad de recursos.
- DS4 – Asegurar la
continuidad del servicio: plan de continuidad, recursos críticos,
recuperación de servicios, copias de seguridad.
- DS5 – Garantizar la
seguridad de los sistemas: gestión de identidades, gestión de usuarios,
monitorización y tests de seguridad, protecciones de seguridad, prevención
y corrección de software malicioso, seguridad de la red, intercambio de
datos sensibles.
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